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Información General

¿Qué significa la "fecha de terminación o fecha de separación"?

Tu fecha de terminación o fecha de separación es el último día que trabajaste para Johnson and Johnson.

¿Qué significa mi "fecha de terminación de beneficios"?

Tu fecha de terminación de beneficios es el último día en el que eres elegible para recibir la cubierta del plan médico subsidiada. Tu fecha de terminación de beneficios es lo que ocurra primero entre: 1) La fecha en la que terminan tus pagos de separación; o 2) Un año a partir de tu fecha de terminación.

¿Podré mantener el acceso a TeleServicios y al portal de For Your Benefit (FYB)?

Continuarás teniendo acceso a a TeleServicios y al portal de Para Tus Beneficios (digital.alight.com/jnjbsc) aún después de tu fecha de separación y de la fecha de terminación de beneficios. Representantes pueden ser contactados al 1-800-981-0055 de lunes a viernes de 9am a 5pm (ET)

¿Cómo puedo cambiar mi dirección luego de mi fecha de separación?

Informa los cambios de dirección en el portal de For Your Benefit (digital.alight.com/jnjbsc) o comunicándote a TeleServicios al 1-800-981-0055. TeleServicios le notificará a Johnson & Johnson acerca de tu cambio de dirección.

¿Cómo puedo acceder los anuncios de puestos internos luego de mi fecha de separación?

Puedes acceder los anuncios de puestos internos hasta por 1 año luego de tu fecha de separación a través del portal de Servicios de Carrera.

Cubierta de Salud

¿Cuándo termina mi cubierta de plan médico, dental y/o visión?

Eres elegible para continuar tu cubierta de salud (médica, dental y visión) con el mismo costo de prima (subsidiado) de un empleado activo hasta la fecha de terminación de tus beneficios (que no exceda 1 año desde tu fecha de terminación). Para la mayoría de los empleados, luego de la fecha de terminación de beneficios, puedes elegir continuar con la cubierta médica, dental y/o de visión bajo COBRA pagando el total de la prima sin subsidio más un 2% de costos administrativos por el restante del período de los 18 meses de COBRA. Nota: Si eres elegible a continuar la cubierta de COBRA hasta un nuevo año calendario, recibirás información acerca de la Inscripción Anual antes que comience el período anual de Inscripción Abierta.

¿Cuándo recibiré la información relacionada a COBRA?

Recibirás la información de COBRA por correo dentro de los 30 días luego de tu fecha de separación. Si no recibes esta información, por favor comunícate con TeleServicios al 1-800-981-0055.

¿Qué plan médico tengo disponible si yo (o algún dependiente cubierto) soy/es elegible para Medicare?

Diferentes reglas aplican si continúas tu cubierta y si tú o tu dependiente cubierto es elegible para Medicare al momento de la fecha de separación o si obtiene elegibilidad para Medicare antes de la fecha de terminación de beneficios. Para la fecha que sea más tarde entre tu fecha de separación (si tu o tu dependiente ya es elegible para Medicare) o el día en el que tú o tu dependiente obtiene elegibilidad para Medicare, tú y tus dependientes cubiertos serán colocados en un plan de transición que coordina con Medicare. Para la persona elegible a Medicare (por ejemplo, tú o tu dependiente), las Partes A y B de Medicare serán la cubierta primaria, y tu cubierta de J&J pagará como secundaria*.

La inscripción a Medicare no es automática - tienes que comunicarte con la oficina de Seguro Social lo más pronto posible con relación a elegibilidad, inscripción, y detalles acerca de las fechas límites de inscripción.

 

Para permitir que tú y tus dependientes cubiertos puedan completar la inscripción a Medicare, les proveemos un periodo de gracia de 90 días mediante el plan Médico de transición. Durante este periodo de transición de 90 días:

Tú y tu dependiente cubierto deben inscribirse en las partes A y B de Medicare. El plan médico de transición de Johnson & Johnson será el pagador primario por reclamaciones de cuidado de salud.

Si usted o su dependiente cubierto son elegibles para Medicare, comuníquese con el Centro de Servicios de Beneficios para obtener el formulario CMS-L564 de Medicare requerido antes de su Fecha de Separación.

*Si la persona elegible a Medicare no se inscribe en las partes A y B luego de este periodo de 90 días:

El plan sólo pagará la porción de reclamaciones de cuidado de salud que habrían sido pagadas si el participante se hubiese inscrito en Medicare (la cubierta de J&J pagará como secundario a Medicare). Cabe la posibilidad de incurrir multas y gastos por primas de Medicare y por cualquier reclamación por servicios de cuidado de salud.
¿Puedo descontinuar mis beneficios de salud (médico, dental y visión)?

Puedes descontinuar tu selección de beneficios de salud dentro de los 60 días después de tu fecha de terminación. La cubierta será descontinuada retroactivamente a la fecha de terminación. Además, si encuentras otro trabajo (y eres elegible para beneficios bajo el nuevo patrono), tendrás 60 días desde la fecha en la que fuiste elegible bajo el plan de tu nuevo patrono para descontinuar tu cubierta de salud con J&J. La cubierta será descontinuada retroactivamente a la fecha en la que adquiriste la otra cubierta. Para descontinuar la cubierta, comunícate con TeleServicios al 1-800-981-0055 y habla con un representante.

Cubierta de Seguro

¿Continuará vigente mi seguro de vida a término mientras recibo paga por separación?

Sí, eres elegible para continuar la cubierta del seguro de vida a término hasta la fecha de terminación de beneficios. El costo del seguro, incluyendo el costo de la cubierta básica (1 vez el salario base) del seguro de vida, que antes era pagado por la Compañía, será descontado de tus pagos por separación.

¿Puedo descontinuar mi seguro de vida a término?

Sí, puedes descontinuar el seguro de vida a término en cualquier momento. Para hacerlo, visita el portal de Para Tus Beneficios (FYB) (digital.alight.com/jnjbsc) o llamando a TeleServicios al 1-800-981-0055 y hablando con un representante.

¿Puedo continuar con mi seguro de vida a término luego de la fecha de terminación de beneficios?

Luego de la fecha de terminación de beneficios puedes convertir toda o parte de tu cubierta para ti y/o tus dependientes a una póliza personal individual, si eliges hacer la conversión dentro de los 31 días después que la cubierta termina.

¿Cuándo termina la cubierta de seguro contra accidentes?

Cualquier cubierta de Seguro contra Accidentes durante viajes de negocio (incluyendo cualquier cubierta adicional de Seguro contra Accidentes durante viajes de Negocio Internacional) y cualquier cubierta contra Accidentes las 24-Horas terminará en tu fecha de separación. Si reunes los requisitos de elegibilidad, dentro de los 31 días después de tu fecha de separación puedes elegir la transferencia de cualquier cubierta contra accidentes 24-horas a una póliza privada de pago directo cubriendo los gastos por cuenta propia. Para transferir la cubierta comunícate con Prudential al 1-800-778-3827.

¿Cuándo termina mi cubierta de Incapacidad a Largo Plazo?

Si estás inscrito, tu cubierta de Incapacidad a Largo Plazo terminará en tu fecha de separación. No existe la opción de convertir la póliza.

¿Cuándo termina mi cubierta del Plan de Asistencia Legal Grupal?

Si estás inscrito, tu cubierta del Plan de Asistencia Legal Grupal continuará hasta tu fecha de separación a menos que elijas lo contrario. Puedes convertir la cubierta a una póliza individual comunicándote directamente con Hyatt Legal 1-800-821-6400 dentro de los 31 días después de la terminación de cubierta.

Beneficios de Retirado

¿Soy elegible para cubierta de plan médico, dental y visión para retirados?

Para ser elegible, debes tener al menos 55 años de edad a tu fecha de terminación y debes haber completado al menos 10 años de servicio acreditado al Plan de Pensión de Johnson & Johnson (como empleado a tiempo completo o a tiempo parcial).

¿Cuándo me puedo inscribir en la cubierta médica para retirados?

Como retirado recibiendo paga por separación, continuarás bajo tu cubierta activa de planes de salud (médico, dental y/o visión) a la tarifa grupal de empleado activo para ti y tus dependientes elegibles hasta la fecha de terminación de tus beneficios. En la fecha de terminación de beneficios podrás escoger inscribirte en el Plan Médico de Retirados Asalariados y seleccionar la cubierta el primer día de cualquier mes hasta cumplir la edad de 65 años. Como alternativa, puedes elegir inscribirte en la cubierta médica de Retirados al comienzo de tu período de cese de empleo, aunque los costos por esta cubierta pueden ser significativamente mayores a los de la cubierta médica activa.

¿Cuándo me puedo inscribir en la cubierta dental y de visión para retirados?

Como retirado recibiendo paga por separación, continuarás bajo tu cubierta activa de planes de salud (médico, dental y/o visión) a la tarifa grupal de empleado activo para ti y tus dependientes elegibles hasta la fecha de terminación de tus beneficios. En la fecha de terminación de beneficios (o en la terminación de COBRA, si seleccionado), podrás escoger inscribirte en el Plan Dental de Retirados Asalariados y/o Programa de Visión. Puedes seleccionar aplazar la inscripción en el Plan Dental de Retirados Asalariados y/o Programa de Visión hasta un período futuro de Inscripción Abierta. Como alternativa, puedes elegir inscribirte en la cubierta del Plan Dental de Retirados Asalariados y/o Programa de Visión al comienzo del período de cese de empleo,  aunque los costos por esta cubierta pueden ser significativamente mayores a los de la cubierta dental y de visión activa.

¿Puedo inscribirme en los beneficios para retirados pero aplazar mi pensión?

Sí. Si estás saliendo de la Compañía como un retirado elegible a la cubierta Médica, Dental y de Visión de Retirados, puedes elegir tomar tu cubierta inmediatamente mientras aplazas los pagos de pensión.

Pensión

¿Cuándo soy elegible para comenzar mi pensión?

Los empleados que tienen 55 años o más de edad son considerados "retirados" cuando dejan la compañía y tienen la opción de comenzar a recibir pagos inmediatamente o aplazarlos.

¿Puedo comenzar mi pensión mientras recibo paga por separación?

Sí. Puedes comenzar tu pagos de pensión mientras aún recibes tu paga por separación -- no necesitas esperar a que los pagos por separación terminen. 

¿Me cuenta el período de separación para la Adjudicación de Servicio para Pensión y Servicio Acreditado?

No. La acumulación de la Adjudicación de Servicio para Pensión y Servicio Acreditado se detiene con la terminación de empleo.

¿Qué sucede si soy recontratado por Johnson & Johnson?

Si eres recontratado por Johnson & Johnson, todo tu Servicio Acreditado y Servicio Adjudicado te será restablecido. Si fuiste un miembro del Plan de Pensión, tu membresía se restablecerá automáticamente y continuarás acumulando Crédito por Servicio. Si no eras un miembro del Plan de Pensión, te convertirás en miembro una vez cumplas con los requisitos de elegibilidad. Al ser recontratado, tu beneficio previo continuará siendo lo que ganabas bajo la fórmula de Paga Final Promedio (PFP), y acumulaciones futuras de pensión serán obtenidas bajo la fórmula del Plan de Valoración de Retiro (PVR). Si no tenías derechos establecidos en la FPF antes de dejar la compañía, serás elegible para un beneficio bajo PFP y PVR si estableces los derechos. Si eres recontratado por Johnson & Johnson dentro de 12 meses continuos luego del cese de servicios, obtendrás Servicio Adjudicado (pero no Servicio Acreditado) por el período de receso de tus servicios.

Plan de Ahorros

¿Puedo continuar contribuyendo al Plan de Ahorros mientras estoy recibiendo paga por separación?

No. Las contribuciones al Plan de Ahorros finalizan efectivo el día de tu terminación. Las deducciones terminan con tu último cheque de nómina regular. Los pagos por separación no son elegibles para deducciones del Plan de Ahorros o pagos de préstamos.

¿Qué sucede con mi cuenta del Plan de Ahorros luego que dejo Johnson & Johnson?

Si el balance adquirido ("vested") de tu cuenta del Plan de Ahorros es menos de $1,000, este balance adquirido te será automáticamente pagado en los próximos 60 días luego de tu terminación de no haber seleccionado otra opción para desembolso. Si el balance adquirido de tu cuenta es entre $1,000 y $5,000, este balance será automáticamente transferido a una cuenta de retiro individual (por ejemplo IRA) dentro de los 60 días después de tu terminación de no haber seleccionado otra opción para desembolso. Si el balance adquirido de tu cuenta es más de $5,000, puedes (1) recibir la totalidad del balance adquirido de tu cuenta en un solo pago, (2) transferirlo directamente a otro plan cualificado o IRA, (3) recibir pagos (anuales, semestrales, o mensuales), (4) tomar desembolsos parciales o (5) aplazar los pagos hasta los 70½ años de edad. 

Actualmente tengo un préstamo vigente con el Plan de Ahorros. ¿Cuánto tiempo tengo para saldarlo?

Si en la actualidad tienes un préstamo vigente con el Plan de Ahorros, tendrás 60 días a partir de tu terminación para saldar el préstamo en su totalidad. Sin embargo, si no saldas el préstamo dentro de ese período (60 días después de tu terminación), cualquier balance adeudado más los intereses acumulados será descontado del balance de tu cuenta y reportado al Departamento de Rentas Internas (Hacienda) como un desembolso sujeto a los impuestos federales y estatales que le apliquen.

Me gustaría transferir el balance de mi cuenta fuera del Plan de Ahorros de Johnson & Johnson. ¿Cómo puedo evitar pagar impuestos al hacerlo? ¿Hay costos asociados con esta transferencia?

Puedes evitar pagar impuestos vigentes en el desembolso de tu Plan de Ahorros haciendo una transferencia directa ("rollover") a otro plan cualificado o una IRA. Si solicitas una transferencia directa, el desembolso se hara pagadero (a nombre de) al otro plan de retiro cualificado o una IRA para tu beneficio. Esto protegerá el estatus de impuesto diferido de cualquier dinero que no ha pagado impuestos y también evitará la Retención del Impuesto Federal sobre Ingresos, que es obligada, si el desembolso se hace solo a tu nombre. Podrías escoger también hacer transferencia directa de tus contribuciones después de impuestos ("post-tax"). No hay cargos o costos por el procesamiento de la transferencia directa del Plan de Ahorros de J&J.

¿Tendré que pagar impuestos si tomo un desembolso del Plan de Ahorros?

Si recibes un desembolso (un cheque pagadero a tu nombre solamente), la porción sujeta a impuestos de tu cheque será reducida por el 20% de la Retención del Impuesto Federal sobre Ingresos como requerido por la ley. Si no escoges la transferencia directa ("rollover") de la porción sujeta a impuestos dentro de los 60 días de haber recibido el dinero de parte de Johnson & Johnson, el desembolso se vuelve sujeto a impuestos como cualquier ingreso ordinario, además de un 10% de impuesto adicional si tienes menos de 59½ años de edad al momento del desembolso.

¿Hay una edad en la que tengo que comenzar a tomar desembolsos del Plan de Ahorros?

Sí. Si no has solicitado pagos de tu cuenta antes del 1ro de abril del próximo año calendario después de haber cumplido tus 70½ años de edad, comenzarás a recibir desembolsos mínimos del plan como requerido por ley. Este documento provee información específica acerca de tus beneficios. Las descripciones completas de cada plan están en los documentos del Plan o en los contratos de seguros. Si hay alguna discrepancia entre la información de los documentos del Plan o los contratos de seguros y este documento, prevalecerá la información de los documentos del Plan o los contratos de seguros. La Compañía se reserva el derecho de enmendar, modificar, revocar, o terminar estos planes en cualquier momento.  

 

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